jueves, 28 de mayo de 2015

EMITE RUBÉN MOREIRA DECRETO QUE OTORGA ESTÍMULOS FISCALES A CONTRIBUYENTES DE CIUDAD ACUÑA

 Saltillo, Coahuila. A 28 de Mayo de 2015.-Ante los severos daños ocasionados por el tornado que afectó a Ciudad Acuña, el Gobernador Rubén Moreira Valdez emitió un Decreto mediante el cual se otorgan estímulos fiscales, a través de certificados de promoción fiscal en materia de diversas contribuciones estatales, a contribuyentes que radican en aquella población.

El Ejecutivo Estatal, en su exposición de motivos, indicó que ante la magnitud de la contingencia su administración determinó apoyar a empresarios, comerciantes y personas afectadas por el meteoro, con el otorgamiento de estímulos fiscales en los siguientes rubros:

Impuesto Sobre Nóminas; Impuesto Sobre Hospedaje; Impuesto Sobre Tenencia de la Tierra o Uso de Vehículos, Derechos de Control Vehicular y Expedición de Copias Certificadas de Escrituras y Expedientes de Control Vehicular.

Asimismo, en  materia de Derechos por Servicios del Registro Civil, para que el cumplimiento de sus obligaciones fiscales no signifique un agravante a su situación actual y les permita reactivar sus actividades.

En ese sentido, el mandatario estatal estableció en el Artículo Segundo del mencionado Decreto, que la Secretaría de Finanzas o la Administración Fiscal General de esta instancia gubernamental, serán las dependencias encargadas de llevar a cabo los trámites administrativos necesarios para aplicar los subsidios y beneficios señalados en la citada disposición.

Mientras que el Artículo Tercero indica que se  otorga estímulo fisca  mediante la expedición de promoción fiscal a las personas físicas o morales que sean contribuyentes del Impuesto Sobre Nóminas (ISN) e Impuesto por Servicios de Hospedaje (ISH) que tengan su domicilio fiscal en Ciudad Acuña.

Consiste, en el subsidio del 100 por ciento de las actualizaciones, recargos y multas que se generen por el ISN o el ISH durante lo que resta de este mes y junio próximo, siempre y cuando presenten dichas declaraciones a más tardar el 17 de septiembre del presente año.

En tanto, el Artículo Cuarto señala el otorgamiento de estímulo fiscal, mediante la expedición de Certificados de Promoción Fiscal, para que los propietarios, personas físicas o morales,  de vehículos modelos 2015 y anteriores, cuyo valor total sea de hasta 350 mil pesos, incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA)  para que paguen hasta tres mil pesos por los adeudos del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, Derechos de Control Vehicular, así como las actualizaciones, recargos y multas que pudieran tener a su cargo en el ejercicio fiscal 2015 y anteriores. 

Para tener derecho a este estímulo, se deberá cumplir con las obligaciones de pago, a más tardar el 31 de julio próximo, añade el Decreto emitido por el mandatario estatal.

Además, señala en su Artículo 5, que se otorga estímulo fiscal, mediante la expedición de Certificados de Promoción Fiscal, a las personas físicas o morales con domicilio fiscal en Ciudad Acuña, consistente en el 100 por ciento de los Derechos por Servicios del Registro Público que se causen por la expedición de Copias Certificadas de escrituras y documentos de bienes inmuebles que sean propiedad de las y los afectados.

Asimismo, sobre el 100 por ciento de los derechos que se causen por la expedición de copias de documentos que consten en los expedientes de control vehicular y que se refieran a vehículos propiedad de las y los afectados por el meteoro.

El presente estímulo, añade la disposición del Ejecutivo del Estado, estará vigente hasta el próximo 31 de agosto.

Mientras que el Artículo 6, establece el otorgamiento de estímulo fiscal a las personas físicas de Acuña que requieran los servicios del Registro Civil, por copias certificadas, registros, y demás establecidos en el Artículo  85 de la Ley de Hacienda para el Estado, con el 100 por ciento de los derechos que se causen por la prestación de los mismos, cuando éstos sean prestados directamente por la Dirección del Registro Civil del Estado.

Al igual que el Artículo anterior, su vigencia caducará el 31 de agosto.


También firmaron el Decreto, que entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, los Secretarios de Gobierno y de Finanzas, Víctor Zamora Rodríguez e Ismael Ramos Flores, respectivamente.

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