miércoles, 9 de septiembre de 2020
HASTA 10 AÑOS DE CÁRCEL A QUIEN AUTORICE FRACCIONAMIENTOS EN ZONAS DE RIESGO, PROPONE EL DIPUTADO GERARDO AGUADO
Aguado mencionó que las razones
para que se construyan fraccionamientos en zonas de alto riesgo o prohibidas
confluyen todas en una sola: corrupción, el desarrollador quiere ganar dinero
vendiendo o rentando sus viviendas, la autoridad municipal quiere hacer lo
mismo allanando el camino y las “dificultades” al desarrollador, en otros
casos, la corrupción se da entre quienes hacen los estudios previos de riesgo,
ocultando la verdad a cambio de jugosas cantidades de dinero.
Cualquiera sea el caso, las
autoridades que otorgan las licencias y permisos finales cargan con toda la
responsabilidad, explicó Gerardo Aguado, ya que tienen el deber de verificar
todo, revisar el atlas de riesgo, pedir opinión a los comités competentes, analizar
los antecedentes de la zona y verificar que se cumplan todos los requisitos de
ley.
“La práctica corrupta de autorizar
fraccionamientos en zonas de riesgo persiste, y las consecuencias son en muchos
casos fatales, además de las pérdidas materiales y patrimoniales, personas que
con gran ilusión invirtieron sus ahorros en viviendas que además de mal
construidas, edificadas sobre zonas peligrosas. Y ni qué decir de quienes
pagarán estas casas por medio de costosos créditos durante años” mencionó.
Actualmente el Código Penal del
Estado de Coahuila establece en el
Artículo 427 de dos a seis años
de prisión y de cien a trescientos días multa para quien autorice o no impida
asentamientos humanos en áreas restringidas, lo cual es una penalidad muy baja
para este tipo de delitos y los daños que se causan a las personas, explicó
Gerardo Aguado, asimismo, falta especificar más detalladamente todos los
supuestos que corresponden a la realidad.
Por ese motivo, el diputado
propuso que sean de cinco a diez años de prisión y de quinientos a
ochocientos días multa, para quien autorice o no impida asentamientos
humanos en áreas restringidas
Se impondrá además la destitución
e inhabilitación hasta por diez años al servidor público que no impida o no
efectúe los actos necesarios y posibles para impedir asentamientos humanos en
los lugares señalados como de alto riesgo.
La misma pena se impondrá a al
servidor público que falsifique, oculte o altere los estudios correspondientes
a fin de conceder de forma indebida la autorización para llevar a cabo las
construcciones.
Quienes realicen las acciones
señaladas deberán además responder junto con los desarrolladores responsables
por los daños causados en los términos del Código Penal y demás leyes
aplicables.
Gerardo Aguado agregó que la Ley
de Asentamientos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de
Coahuila establece todos los requisitos que se deben cumplir al autorizar fraccionamientos,
así mismo es obligación de las autoridades estatales y municipales asegurarse
que en las obras, acciones o inversiones en que intervengan o autoricen, se
cumplan las normas sobre prevención de riesgos en los asentamientos humanos que
establece esta Ley, la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento
Territorial y Desarrollo Urbano, la Ley General de Protección Civil y demás
disposiciones aplicables, por lo que este tipo de permisos para la construcción
de fraccionamientos en zonas riesgosas no tiene justificación y debe ser
sancionado.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario