jueves, 26 de noviembre de 2020

APRUEBA CONGRESO DEL ESTADO REFORMAS PARA ATENDER A AGRESORES CONTRA LAS MUJERES

 

Saltillo, Coahuila. A 26 de Noviembre del 2020.-El Congreso del Estado aprobó diversas disposiciones legales que incluye la atención, sensibilización y capacitación a agresores contra las mujeres para su sana participación en la sociedad.

 

Con este tipo de reformas legislativas el Congreso del Estado da pleno cumplimiento a recomendaciones y estándares internacionales para fortalecer los derechos de las mujeres de manera preventiva, destacó la Diputada Zulmma Verenice Guerrero Cázares.

 

Las iniciativas planteadas por Unidad Democrática de Coahuila  responden a los compromisos internacionales en materia de derechos humanos contemplan la obligación inmediata del Estado en casos de violencia contra las mujeres, para que incluyan procedimientos, mecanismos judiciales, y legislación encaminada a prevenir la impunidad, incluyendo medidas para proteger a las mujeres de actos de violencia inminentes y también de una integración del agresor a través de tratamiento psicológicos, atención y seguimiento.

 

Guerrero Cázares destacó que la finalidad de la reforma impulsada por todas las y las legisladoras es atender de forma integral a los agresores en contra de las mujeres y propiciar una verdadera rehabilitación.

 

La propuesta reforma diversos artículos de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Coahuila antes mencionada para permitir una atención integral y rehabilitación de las personas agresores contra las mujeres.

 

La Diputada del Tercer Distrito destacó que a nivel internacional y nacional se han realizado esfuerzos para erradicar la violencia contra las mujeres y también prevenirla con un marcos jurídicos eficientes y programas de gobierno. Sin embargo, sostuvo es importante que la prevención también mire el tratamiento del agresor para su completa rehabilitación, re educación y evitar que más mujeres sean víctimas.

 

Aunque en Coahuila se ha trabajo respecto al tema, sostuvo, se proponen las modificaciones a la Legislación para precisar aspectos y la intervención de diversas autoridades.

 

“Hoy nos enfocamos a que la estrategia de prevención debe ser integral, es decir, debe prevenir los factores de riesgo y a la vez fortalecer las instituciones para que puedan proporcionar una respuesta efectiva a los casos de violencia contra la mujer”, expuso.

 

En el caso de Coahuila, Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Coahuila de Zaragoza establece en su artículo 2 que la Ley tiene por objeto, entro otros, los siguientes: l. Establecer las bases para los modelos de prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las mujeres de cualquier edad en los diferentes ámbitos; II. Establecer las bases para el diseño del contenido de las políticas públicas, programas y acciones destinadas a erradicar la violencia de género, y coadyuvar en el tratamiento psicológico especializado de la víctima y brindar servicios reeducativos y especializados al agresor; III. Promover la aplicación de todas las medidas destinadas a erradicar la violencia contra las mujeres, para garantizar su acceso a una vida libre de violencia y discriminación.

 

La propuesta también incluye brindar servicios reeducativos, especializados y gratuitos dirigidos a las personas agresoras para erradicar las conductas violentas a través de educación que elimine las causas que las generaron.

 

También destaca reformas a al artículo 15 para que las acciones que lleven a cabo el Estado y los municipios, estarán encaminadas a la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres y tendrán como función:

VIII. Brindar servicios de asesoría y educación gratuita a las personas agresoras sobre la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres;

 

XI. Brindar servicios médicos y de rehabilitación a las personas agresoras para su reinserción en la vida social y la erradicación de las conductas violentas a través de educación que elimine las causas que las generaron.

 

Además de una adición del párrafo XIII al artículo 36 para impulsar programas reeducativos integrales y de rehabilitación para personas agresoras.

 

Y plantea la obligación por Ley a la Secretaria de Salud de implementar, con las autoridades competentes, programas de tratamiento médico y psicológico especializado para las personas agresoras y a los municipios crear programas de reeducación integral y rehabilitación para personas agresoras.

 

Además establece en el artículo 85 que las personas agresoras recibirán rehabilitación en estos centros en los términos del mandato de la autoridad competente, sin perjuicio de las medidas y acciones que deban cumplir y adiciona un 85 bis para que en términos de la normatividad aplicable la autoridad judicial imponga a la persona agresora un tratamiento psicológico especializado como medida de seguridad, la educación proporcionada estará dirigida a eliminar las causas generadoras de la violencia.

 

También establece que los centros de rehabilitación para personas agresoras llevaran a cabo las siguientes acciones:

 

II. Proporcionar a las personas agresoras la atención médica, rehabilitación, asesoría y educación que coadyuve a su reinserción en la vida social y la eliminación de las causas generadoras de la violencia;

Así como el de tratamiento médico y psicológico especializado y servicios re educativos dirigido a eliminar las causas generadoras de violencia.

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