Saltillo, Coahuila. A 06 de Marzo
del 2019.- El Administrador Fiscal del Estado,
Javier Díaz González, indicó que conforme a lo establecido en el Artículo 40
del Decreto de Estímulos Fiscales, publicado en el Periódico Oficial el pasado
31 de diciembre de 2018, la vigencia para tramitar las placas especiales es
hasta el 31 de diciembre de 2019.
El
funcionario destacó que este estímulo del 100 por ciento es en derechos de
control vehicular y laminado.
Por
lo anterior, mencionó que además de los requisitos para el registro de alta de
vehículos o cambio de propietario de vehículo, es requisito indispensable el
Formato Único de Constancia Médica para el inicio de trámite para placas
especiales.
Díaz
González afirmó que dicha constancia es expedida por las instituciones médicas
autorizadas, como el CREE o el CRI del DIF Coahuila, Centro Estatal del Adulto
Mayor CEAM o Centros de Salud autorizados, que tiene un costo de expedición a
pagarse en la propia institución médica, credencial nacional para las personas
con discapacidad emitida por el DIF (requisito obligatorio a partir del 2 de
mayo de 2019) y CURP de la persona con discapacidad.
El
funcionario detalló que en el supuesto de que el vehículo se encuentre
registrado a nombre de una tercera persona (padre, madre, hijo, hija, esposo,
esposa, abuelo o nieto), se deberá de presentar el acta de nacimiento y/o
matrimonio para establecer el vínculo.
Puede
ser un acta testimonial ante Notario Público, donde se acredite la dependencia
a la persona que lo tiene a su cuidado.
De
igual manera, el Administrador Fiscal de Coahuila comentó que toda la documentación
deberá ser presentada en original para ser validada. Una vez terminado el
trámite, será devuelta.
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